Llamar a Gaurley

Penal y delitos económicos

Apropiación indebida: cuando alguien se queda lo que debía devolver

Tener el dinero en la cuenta no es lo mismo que tener derecho a quedárselo.

Parte del texto se elaboró con apoyo de herramientas de inteligencia artificial. El criterio jurídico lo revisó un socio; no constituye asesoramiento legal. Uso de IA

Publicado Revisado

La apropiación indebida castiga quien recibe patrimonio ajeno con título legítimo y luego se lo queda. Aparece en cobros de clientes, fondos de terceros, mandatos verbales mal cerrados y administradores que confunden caja social y personal. Si le citan como investigado o si usted es el perjudicado, el error común es narrar una estafa cuando los hechos son de posesión inicial lícita. Este análisis fija elementos, prueba y primeros movimientos.

Elementos que exige el tipo

Cosa mueble ajena —dinero incluido— recibida con título que obliga a restituir o destinar según acuerdo.

Ánimo de lucro al quedársela o disponer como dueño.

Perjuicio para el titular del derecho a recuperar.

Sin engaño inicial determinante: eso distinguiría estafa. El matiz factual importa.

Escenarios habituales

Administrador que traspasa cobros a cuenta personal sin reparto ni contabilización.

Intermediario que retiene pagos de un cliente alegando comisiones no pactadas.

Socio que usa fondos de la SL para gastos personales sostenidos en el tiempo.

Empleado con acceso a caja que “compensa” retiradas sin autorización.

Si usted es investigado

No declare sin abogado ni devuelva dinero “para arreglar” sin criterio procesal. Puede ser prueba o admisión mal calibrada.

Reconstruya contabilidad y justificantes de decisiones societarias. A veces hay civil disfrazado de penal.

Evalúe regularización, acuerdos y restitución en el momento procesal adecuado.

Coordinación con mercantil si hay responsabilidad de administrador paralela.

Si usted es perjudicado

Documente entrega, mandato y fecha en que debió restituirse.

Solicite trazas bancarias cuanto antes; retenciones y medidas dependen de ello.

Valore querella frente a denuncia y personación en causa ajena.

Cuantifique perjuicio e intereses; el penal no sustituye la liquidación civil bien hecha.

Primera conversación

Extractos, contratos, correos sobre destino del dinero, actas societarias si hay SL.

Citaciones, diligencias o requerimientos ya recibidos.

Si hay otros procedimientos abiertos entre las mismas partes.

Con eso fijamos defensa o acción acusatoria con tipo bien elegido y calendario de medidas.

¿Apropiación indebida en juego?

Investigado o perjudicado: primero encajamos hechos y prueba.