Recursos administrativos
Alzada, reposición y escritos de impulso ante denegaciones o silencio.
Si ha llegado aquí por un recurso frente a la Administración, esto es cómo lo abordamos.
El expediente lo firma un socio doctor en Derecho.
Calendario de impugnación sin improvisar el último día.
Escritos claros frente a resoluciones y silencio.
Le decimos pronto si aún cabe recurso o demanda.
Entramos cuando una resolución administrativa condiciona su expediente o su patrimonio.
Alzada, reposición y escritos de impulso ante denegaciones o silencio.
Demanda ante los juzgados de lo contencioso cuando la vía administrativa se agota o no basta.
Medidas cautelares cuando la ejecución del acto causa daño de difícil reparación.
Si el acto condiciona un penal, civil o extranjería, mantenemos un solo hilo de despacho.

En administrativo, el caso lo lleva quien puede sostener el recurso hasta sentencia.
Dr. Javier García-Ochoa Blanco
Socio fundadorICAM 26476
Colegiado desde 1986. Contencioso-administrativo y recursos cuando la Administración condiciona el expediente.
Tres pasos para no perder el plazo.
Resolución, fecha de notificación y daño. Filtramos plazo.
Recurso administrativo o preparación de demanda contenciosa.
El mismo socio mantiene el hilo hasta resolución o sentencia.
Respuestas directas a quien busca un abogado administrativo en Madrid.
Depende del tipo de acto y de si cabe recurso administrativo o demanda contenciosa. Los plazos suelen ser cortos.
Traiga la resolución y el acuse de notificación.
En la primera llamada le decimos si aún está a tiempo.
Es la vía judicial frente a la Administración cuando el recurso administrativo no basta o no procede.
No es automática: hay que valorar legitimación, acto impugnable y prueba.
Le explicamos viabilidad con realismo.
Sí, cuando la ejecución del acto puede causar daño de difícil reparación.
No siempre proceden: hay que acreditar apariencia de buen derecho y urgencia.
Valoramos coste y probabilidad antes de pedirlas.
Depende de vía administrativa o contenciosa, cuantía y prueba.
Explicamos honorarios tras ver el acto y el expediente.
Adelantamos tasas y procurador si hacen falta.
Sí. El silencio puede ser positivo o negativo según la norma. Hay que leer el régimen concreto.
Impulsamos el expediente o impugnamos cuando corresponde.
No asuma el efecto del silencio sin revisar la norma aplicable.
Sí. Un socio doctor en Derecho dirige el recurso.
Sabrà quién escribe y quién decide.
Sin cadena de asociados de paso.
Primera respuesta de socio. Sin cadena de asociados.